" 3 DE JUNIO "APERTURA DE LAS ZONAS DE ENTRENAMIENTO DE LA
PALMA
Próxima apertura de las
zonas de entrenamiento de perros de caza, por Resolución del consejero de Medio
Ambiente Transportes y Seguridad y Emergencias del Excmo. Cabildo Insular de La
Palma de fecha 9 de mayo de 2012. La apertura de dichos campos se producirá el
día domingo 3 de junio.
ZONIFICACIÓN Y DELIMITACIÓN:
BREÑA ALTA: Norte: Barranco de Juan Mayor; Sur, lomos los Mestres hasta la
Fuente de Aduares; Este: Camino de la Fuentes o sendero PR-LP 19; Oeste: Pista
hilera de la Cumbre.
VILLA DE MAZO: Norte: La Caldereta; Sur. Término municipal de Fuencaliente de
la Palma; Este: Zona marítimo terrestre; Oeste: Canal intermunicipal de
Fuencaliente, cauce Barranco Hondo y Pista al Porís.
FUENCALIENTE DE LA PALMA: Oeste: Pista Lomo Alto, Canal Estatal, Carretera
del Cabildo a la costa por Las Caletas (LP-207); Este: Litoral; Norte: Malpais
Volcán Martín, hasta límite con la Villa de Mazo; Sur: Roque de la Orchilla a
las Cabras.
LOS LLANOS DE ARIDANE: Norte: Desde el acantilado de la Playa del Perdido,
carretera cruce La Laguna a la Costa, hasta el Pedregal; Sur: Desde el
acantilado de la Playa del Remo hasta la Ctra. LP-2 (entre Santa Cecilia y el
Callejón de la Gata); Este: Carretera LP-2; Oeste: hasta el litoral de Puerto
Naos, La Bombilla y el Remo.
TIJARAFE: Norte: Barranco de Jieque; Sur: Sendero
SL TJ71; Este: Sendero GR-131; Oeste: Pista forestal que desciende desde ell
Barranco de Jique hasta Sendero SL TJ71.
GARAFIA: Norte: Granadera, Lomo de la Cruz y Fuente la Huerta; Sur: Caboquitos, Cuevas Coloradas y Fuente
de la Hiedra; Este: Barranco de la Luz;
Oeste: Barranco de los Tanques.
BARLOVENTO - S. ANDRES Y SAUCES: Norte: Llano de Lomo Quinto y Pista de
Guerreros al Canal Barlovento - Fuencaliente; Sur: Pista de Meleno, pista Monte
los Sauces; Oeste: Pista Lomo Los Frailes, cauce barranco de La Herradura; Este:
Acantilado.
PUNTALLANA: Zona 1: Norte: Barranco de Agua; Sur: Barranco Seco; Este: Zona
marítimo terrestre; Oeste: Carretera General del Norte (LP-1). Zona 2: Llano de
Tenagua (exclusivamente para perros de muestra).
Condiciones:
- Sólo estará permitido el adiestramiento de perros de caza, no pudiendo
realizar el entrenamiento dos cuadrillas juntas. Está totalmente prohibido el uso del hurón,
armas de fuego y suelta de especies cinegéticas.
- El periodo habilitado para la práctica de los adiestramientos se extenderá
desde el 3 de Junio (domingo) hasta el 29 de Julio (domingo). Para los perros
de muestra el periodo abarcará desde el 3 de Junio hasta el 12 de Agosto.
- Los Adiestramientos se permitirán los jueves, sábados, domingos desde la salida del sol hasta su puesta, excepto en la Zona de Tijarafe que quedará prohibida su utilización los días en que coincida con
caza mayor, debiendo atenderse las indicaciones que se realicen por los
agentes de medio ambiente, agentes del Seprona de la Guardia Civil y Guardas
Particulares de Campo (Guardas de Caza).
- Todos los Usuarios deberán llevar consigo la licencia de caza y seguro
obligatorio de responsabilidad civil en vigor.
- Los perros de Caza deberán estar identificados de acuerdo con lo dispuesto
en la legislación vigente.
- El adiestramiento de perros fuera de los terrenos habilitados se
considerará como infracción por cazar en época de veda.
- El acceso de los perros al campo deberá hacerse bajo control y no se
podrá transitar por zonas de seguridad con los perros sueltos, prohibiéndose
dejar residuos o basura en la zona.
- Se deben respetar por los cazadores otros usos que se desarrollen en los
campos de entrenamiento establecidos: zonas de cultivo, bancales y muros de
piedra existentes, ganado que paste en dichos campos, así como el uso por
senderistas y otras actividades deportivas que se desarrollen en el medio
natural. Quedará prohibido, en todo caso, el adiestramiento en las
proximidades de las zonas recreativas.
- En cuanto a la circulación de vehículos, con el fin de aumentar la
seguridad y vigilancia, se tomarán medidas para evitar el uso abusivo y el
bloqueo de los caminos, prohibiéndose el tránsito fuera de las pistas de
acceso.
- En lo no previsto, será de aplicación lo dispuesto en la normativa en
materia cinegética.