Publicada la Orden General de Caza , donde se establecen las épocas hábiles
de caza para el año 2008, así como las condiciones y limitaciones para su
ejercicio en la Comunidad Autónoma de Canarias.
Publicada la Orden General de Caza
Periodos hábiles, condiciones y limitaciones para la practica de la caza
menor en La Palma.
A) Especies Autorizadas:
Las especies autorizadas en La Palma son el conejo, la
perdiz moruna, la paloma bravía, la tórtola común y los animales asilvestrados.
B) Periodos y días hábiles:
* Conejo con perro, hurón y escopeta: entre el 3 de agosto
y el 7 de diciembre.
* Paloma bravía y tórtola común: desde el 3 de agosto al 7
de diciembre.
* Perdiz moruna: del 14 de septiembre al 16 de noviembre.
Con carácter excepcional y para paliar los daños que la
paloma bravía viene ocasionando en la agricultura, se autoriza su caza, sin
límite de piezas, los miércoles y sábados entre el 10 de diciembre y el 27 de
diciembre.
Los días hábiles de caza serán los jueves, domingos y
festivos de ámbito nacional y autonómico comprendido dentro de los periodos
establecidos para la cada tipo de pieza y modalidad de caza. En el caso de la
perdiz moruna, los días hábiles serán los jueves y domingos, quedando excluidos
los festivos de ámbito nacional y autonómico.
C) Condiciones para el huso del hurón:
Se autoriza un máximo de dos hurones por cazador con
licencia de clase C e igual cantidad se se caza en cuadrilla.
D) Condiciones para el uso de perros:
Se autoriza un máximo de cinco perros por cazador y quince
por cuadrilla.
E) Condiciones para la caza en cuadrilla:
Las cuadrillas podrán estar formadas por un mínimo de tres
y un máximo de cinco personas, titulares de licencias para cazar, con un máximo
de dos escopetas. Cualquier cazador de la cuadrilla podrá llevar los quince
perros portando la documentación de éstos y de los miembros de la cuadrilla,
quedando inhabilitados, en su caso, los restantes miembros de la cuadrilla para
practicar la cacería ese día.
Asimismo, cada cuadrilla deberá estar integrada al menos
por tres cazadores con licencia clase A o B. Los tres cazadores deberán
acreditar debidamente su identidad, así como la de los perros que integren la
cuadrilla en el momento de participar en la caza. Asimismo , cada cuadrilla
podrá incorporar como máximo cinco morraleros o auxiliares.
F) Limitaciones al número de piezas cazables:
* Por cazador y día se autorizan cinco conejos, dos
perdices morunas, una cantidad ilimitada de palomas bravías y cinco tórtolas
comunes.
* Por cuadrilla y día se autorizan diez conejos, cinco
perdices morunas, diez tórtolas comunes y una cantidad ilimitada de palomas
bravías.
En el caso de animales asilvestrados, no habrá límite en
el número de piezas a cazar.
G) Prohibiciones y limitaciones en determinados espacios públicos:
Se prohíbe la caza en el Parque Nacional de La Caldera de
Taburiente (El Paso), en la Finca del Estado de El Canal y Los Tiles (San Andrés
y Sauces), en la zona de uso restringido del Parque Natural de Cumbre Vieja y en
la Reserva Natural del Pinar de Garafía (Garafía y Barlovento). Asimismo, se
prohíbe la caza de la paloma bravía en la Reserva Natural Especial de Guelguén.
H) Campos de entrenamiento:
Las Zonas de adiestramiento de perros de caza son: Breña
alta; Villa de Mazo; Fuencaliente de La Palma; Los Llanos de Aridane; Tijarafe;
Villa de Garafía; Barlovento-San Andrés y Sauces; Puntallana (Zona 1); y
Puntallana (Zona 2). Esta última exclusivamente para perros de muestra. En la
Zona 2 de Puntallana durante la época de caza se podrá cazar el conejo.
El periodo de los campos de entrenamiento y adiestramiento
de los perros de caza será desde el 1 de junio hasta el 27 de julio, los jueves,
sábados, domingos y festivos, desde la salida del sol hasta su puesta, excepto
en la zona de Tijarafe que quedará prohibida su utilización los días en que
coincida con caza mayor. Para los perros de muestra el periodo se prolongará
desde el 1 de junio al 17 de agosto. Se podrá caza la perdiz moruna en todos los
campos de adiestramiento sólo los jueves durante el periodo hábil de cacería de
esta especie, autorizándose exclusivamente con perros de muestra.
Periodos hábiles, condiciones y limitaciones para la práctica de la caza
mayor en La Palma.
En la isla de La Palma se autoriza la caza del arruí en el
periodo comprendido desde el 12 de julio hasta el 15 de noviembre, exceptuándose
el 1 de noviembre al ser festivo nacional. Los días hábiles de caza serán los
sábados y la modalidad de caza será el rececho en cuadrilla. Las cuadrillas de
caza mayor estarán integradas por un mínimo de quince y un máximo de veinticinco
cazadores.
Para cualquier aclaración consultar la Orden de 27 de junio de 2008,
publicada en el Boletín Oficial de Canarias núm. 130, martes 1 de julio de 2008.