Publicada la Orden General de Caza para 2008.
Fecha Miércoles, 02 julio a las 00:43:30
Tema noticias


Publicada la Orden General de Caza , donde se establecen las épocas hábiles de caza para el año 2008, así como las condiciones y limitaciones para su ejercicio en la Comunidad Autónoma de Canarias.



Publicada la Orden General de Caza

Periodos hábiles, condiciones y limitaciones para la practica de la caza menor en La Palma.

A) Especies Autorizadas:

Las especies autorizadas en La Palma son el conejo, la perdiz moruna, la paloma bravía, la tórtola común y los animales asilvestrados.

B) Periodos y días hábiles:

* Conejo con perro, hurón y escopeta: entre el 3 de agosto y el 7 de diciembre.

* Paloma bravía y tórtola común: desde el 3 de agosto al 7 de diciembre.

* Perdiz moruna: del 14 de septiembre al 16 de noviembre.

Con carácter excepcional y para paliar los daños que la paloma bravía viene ocasionando en la agricultura, se autoriza su caza, sin límite de piezas, los miércoles y sábados entre el 10 de diciembre y el 27 de diciembre.

Los días hábiles de caza serán los jueves, domingos y festivos de ámbito nacional y autonómico comprendido dentro de los periodos establecidos para la cada tipo de pieza y modalidad de caza. En el caso de la perdiz moruna, los días hábiles serán los jueves y domingos, quedando excluidos los festivos de ámbito nacional y autonómico.

C) Condiciones para el huso del hurón:

Se autoriza un máximo de dos hurones por cazador con licencia de clase C e igual cantidad se se caza en cuadrilla.

D) Condiciones para el uso de perros:

Se autoriza un máximo de cinco perros por cazador y quince por cuadrilla.

E) Condiciones para la caza en cuadrilla:

Las cuadrillas podrán estar formadas por un mínimo de tres y un máximo de cinco personas, titulares de licencias para cazar, con un máximo de dos escopetas. Cualquier cazador de la cuadrilla podrá llevar los quince perros portando la documentación de éstos y de los miembros de la cuadrilla, quedando inhabilitados, en su caso, los restantes miembros de la cuadrilla para practicar la cacería ese día.

Asimismo, cada cuadrilla deberá estar integrada al menos por tres cazadores con licencia clase A o B. Los tres cazadores deberán acreditar debidamente su identidad, así como la de los perros que integren la cuadrilla en el momento de participar en la caza. Asimismo , cada cuadrilla podrá incorporar como máximo cinco morraleros o auxiliares.

F) Limitaciones al número de piezas cazables:

* Por cazador y día se autorizan cinco conejos, dos perdices morunas, una cantidad ilimitada de palomas bravías y cinco tórtolas comunes.

* Por cuadrilla y día se autorizan diez conejos, cinco perdices morunas, diez tórtolas comunes y una cantidad ilimitada de palomas bravías.

En el caso de animales asilvestrados, no habrá límite en el número de piezas a cazar.

G) Prohibiciones y limitaciones en determinados espacios públicos:

Se prohíbe la caza en el Parque Nacional de La Caldera de Taburiente (El Paso), en la Finca del Estado de El Canal y Los Tiles (San Andrés y Sauces), en la zona de uso restringido del Parque Natural de Cumbre Vieja y en la Reserva Natural del Pinar de Garafía (Garafía y Barlovento). Asimismo, se prohíbe la caza de la paloma bravía en la Reserva Natural Especial de Guelguén.

H) Campos de entrenamiento:

Las Zonas de adiestramiento de perros de caza son: Breña alta; Villa de Mazo; Fuencaliente de La Palma; Los Llanos de Aridane; Tijarafe; Villa de Garafía; Barlovento-San Andrés y Sauces; Puntallana (Zona 1); y Puntallana (Zona 2). Esta última exclusivamente para perros de muestra. En la Zona 2 de Puntallana durante la época de caza se podrá cazar el conejo.

El periodo de los campos de entrenamiento y adiestramiento de los perros de caza será desde el 1 de junio hasta el 27 de julio, los jueves, sábados, domingos y festivos, desde la salida del sol hasta su puesta, excepto en la zona de Tijarafe que quedará prohibida su utilización los días en que coincida con caza mayor. Para los perros de muestra el periodo se prolongará desde el 1 de junio al 17 de agosto. Se podrá caza la perdiz moruna en todos los campos de adiestramiento sólo los jueves durante el periodo hábil de cacería de esta especie, autorizándose exclusivamente con perros de muestra.

Periodos hábiles, condiciones y limitaciones para la práctica de la caza mayor en La Palma.

En la isla de La Palma se autoriza la caza del arruí en el periodo comprendido desde el 12 de julio hasta el 15 de noviembre, exceptuándose el 1 de noviembre al ser festivo nacional. Los días hábiles de caza serán los sábados y la modalidad de caza será el rececho en cuadrilla. Las cuadrillas de caza mayor estarán integradas por un mínimo de quince y un máximo de veinticinco cazadores.

Para cualquier aclaración consultar la Orden de 27 de junio de 2008, publicada en el Boletín Oficial de Canarias núm. 130, martes 1 de julio de 2008.







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